Materia XVII · 17 de 21

Consumidor y NOMs

5Puntos de control
0Críticos
1Subtema
3Dictámenes
Fundamentos rectores
LFPC, Ley de Infraestructura de la Calidad y NOMs de información comercial de la Secretaría de Economía
Cuándo no aplica
Operación B2B pura, sin venta al público

Puntos de control

5 puntos en 1 subtema, cada uno con la evidencia documental que lo acredita.

PROFECO

5 puntos
  1. C-159Criticidad: Alta
    Contratos de adhesión registrados ante PROFECO (si aplica)
    FundamentoLFPC arts. 85-87
    Evidencia requeridaConstancias de registro
  2. C-160Criticidad: Alta
    Publicidad veraz y comprobable; promociones conforme a LFPC
    FundamentoLFPC Arts. 32, 46-50
    Evidencia requeridaSoportes de campañas
  3. C-161Criticidad: Media
    Precios, garantías y devoluciones informados correctamente
    FundamentoLFPC arts. 7, 7 Bis, 77-79 y 92
    Evidencia requeridaPolíticas publicadas, etiquetas
  4. C-162Criticidad: Media
    NOM-024/NOM-050 etiquetado e información comercial
    FundamentoLFPC art. 32; LICal; NOM-050-SCFI-2004 y NOM-024-SCFI-2013
    Evidencia requeridaVerificación de etiquetado
  5. C-163Criticidad: Media
    Comercio electrónico: términos, confirmaciones y NOM-151
    FundamentoLFPC art. 76 Bis; CCom art. 49; NOM-151-SCFI-2016
    Evidencia requeridaT&C, flujos de compra

Dictámenes de esta materia

Condicional

Constancia de conformidad o dictamen de información comercial (etiquetado)

Cuándo aplica: Importadores o fabricantes de productos sujetos a NOMs de información comercial (p. ej. NOM-050-SCFI-2004, NOM-024-SCFI-2013). En importación, permite cumplir el etiquetado en domicilio particular o en almacén.

Quién lo emite
Unidad de Inspección acreditada (antes Unidad de Verificación) en información comercial
Ante quién
Secretaría de Economía
Fundamento
LICal arts. 53 y 62; NOM-050-SCFI-2004; NOM-024-SCFI-2013; Acuerdo de NOMs de la SE (Anexo 2.4.1)
Periodicidad
Por producto o modelo de etiqueta / por importación
Fuente oficial (se abre en otra pestaña)
Condicional

Certificado de cumplimiento NOM de producto

Cuándo aplica: Fabricantes, importadores o comercializadores de productos sujetos a NOMs de seguridad o desempeño que exigen certificación de un tercero.

Quién lo emite
Organismo de certificación acreditado (y laboratorio de pruebas)
Ante quién
Secretaría de Economía u otra autoridad normalizadora según la NOM
Fundamento
LICal arts. 53 fr. III y 62
Periodicidad
Según el procedimiento de evaluación de la conformidad de cada NOM
Fuente oficial (se abre en otra pestaña)
Condicional

Registro de contrato de adhesión ante PROFECO

Cuándo aplica: Obligatorio si una NOM sujeta el giro a registro previo (art. 86 LFPC); en los demás casos es voluntario. Es una resolución de PROFECO tras revisar el modelo, no un aviso.

Quién lo emite
Procuraduría Federal del Consumidor (Registro Público de Contratos de Adhesión)
Ante quién
PROFECO
Fundamento
LFPC arts. 85-87 Ter
Periodicidad
Antes de usar el contrato y en cada modificación
Fuente oficial (se abre en otra pestaña)
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